Primera versión en Rebelión el 8 de noviembre de 2022
El de la abolición o legalización de la prostitución es un debate instalado en el seno del movimiento feminista y del conjunto de la sociedad, en el que con tono agrio muchas veces, los argumentos se repiten eternamente y se echa en falta más que nada el aire nuevo de experiencias esclarecedoras en uno u otro sentido. Trabajo sexual con derechos (Virus, 2022) realiza una aportación importante a la discusión a través de una aproximación rigurosa al caso de Nueva Zelanda, país donde el trabajo sexual lleva despenalizado casi veinte años y las prostitutas gozan de derechos sindicales.
Un aspecto que conviene aclarar es la diferencia entre políticas regulacionistas, como las de Holanda o Alemania, y la despenalización promovida en Nueva Zelanda. En las primeras, la prostitución no se libra del estigma, al ser “tolerada” sólo en ámbitos concretos y con una reglamentación muy estricta que da al estado gran poder sobre las trabajadoras. En la segunda, se rechaza que la prestación de servicios sexuales sea en sí un delito, con lo que ni las que los prestan ni sus clientes son criminalizados. Esta esfera de actividad se convierte así en un trabajo como cualquier otro, más allá de un puritanismo perverso y ofuscador.
Las autoras del libro son Gillian Abel (1960), catedrática y directora del Dpto. de Salud Pública de la Universidad de Otago y Lynzi Armstrong (1948), profesora de criminología en la Universidad Victoria de Wellington. Además de ellas, en la elaboración de los diversos capítulos han intervenido un buen número de investigadores y activistas del trabajo sexual en Nueva Zelanda. El volumen viene profusamente anotado a pie de página, lo que permite conocer las fuentes de todos los aspectos tratados, y trae un índice onomástico y una amplia bibliografía. La traducción la ha realizado Ana Useros.
Paula Sánchez Perera repasa en el prólogo de la obra la discusión existente dentro del feminismo español entre las tendencias abolicionistas, dominantes en el terreno político institucional, y las regulacionistas o pro-derechos, muy activas en los movimientos sociales. Describe luego la situación legal de la prostitución en España, que tras la prohibición decretada por Francisco Franco en 1956, se debate en la actualidad entre la permisividad con propietarios de clubs y burdeles y la represión más o menos virulenta de trabajadoras y clientes. Sánchez Perera concluye que la aplicación del modelo de despenalización neozelandés en España aportaría protección jurídica al colectivo y lo dotaría de herramientas para denunciar los abusos y la explotación, al tiempo que le facilitaría el acceso a la sanidad y la vivienda. De esta forma sí que sería posible acabar con la trata, pues el abolicionismo, con su perversa ecuación: prostitución = trata y su negativa a conceder derechos a las trabajadoras, sólo consigue en la práctica dejar a éstas inermes frente a las mafias.
Aspectos históricos y legales
La del trabajo sexual en Nueva Zelanda es una crónica de ultrajes y represión legal y policial, que sus víctimas decidieron combatir a través de la constitución en 1987 del Colectivo de Prostitutas de Nueva Zelanda (CPNZ). Tres miembros de esta asociación analizan en un capítulo cómo ésta consiguió concienciar a la población y sus esfuerzos culminaron en 2003 con la aprobación por la Cámara de Representantes de la Ley de Reforma de la Prostitución (LRP). Esta norma consagra la prohibición de las relaciones sexuales sin consentimiento, al tiempo que concede a las trabajadoras plenos derechos laborales.
La entrada en vigor de la LRP dio lugar a avances significativos y no generó tensiones, aunque unos pocos gobiernos locales optaron por introducir ordenanzas para restringir las áreas donde se permitían burdeles o hacer la calle. En resumen puede decirse que lo que se ha conseguido con el cambio legal es homologar el trabajo sexual como una forma más de prestación de servicios. El progreso se materializa también en un vuelco en la visión del sistema judicial y los agentes de policía por parte de las prostitutas. Éstos han pasado de represores a defensores y en consecuencia los abusos son denunciados sin los recelos que antes existían. Se anotan sin embargo algunas “Esperanzas para el futuro”, relativas por ejemplo a acabar con la discriminación que todavía sufren las migrantes, perseguidas en virtud de una enmienda introducida en la LRP contra el criterio del CPNZ. En el caso de las personas trans, se constata la mejora en las condiciones de trabajo en la calle, aunque es necesario avanzar aún mucho en las relaciones con la policía de este colectivo, especialmente maltratado.
A vueltas con el trabajo sexual
Es interesante la exploración que se realiza de la percepción social del trabajo sexual, una actividad vilipendiada que ha sufrido reiteradamente prohibiciones e intentos de abolición por parte de poderes religiosos o políticos e incluso de sectores del feminismo. Un recorrido por los medios de comunicación neozelandeses después de la despenalización muestra curiosamente la pervivencia del estigma, pero sólo para las prostitutas de los ambientes más pobres. Las cortesanas de la alta sociedad son celebradas y envidiadas, como lo han sido en muchas culturas desde la época clásica. Otra marca del rechazo sigue siendo la resistencia de algunas trabajadoras a confesar su oficio, lo que las obliga a llevar una doble vida. Se observa sin embargo una disminución de estos conflictos con la nueva legislación.
La impresión que provoca la prostitución es diferente en los distintos espacios urbanos. No suele haber problemas en los abigarrados centros de las ciudades, pero sí que los ha habido en los barrios. Si surgen tensiones, la experiencia demuestra que el diálogo y la búsqueda de consenso son las mejores vías, y se citan dos casos concretos, en Auckland y Christchurch, en que sin recurrir a ordenanzas represivas ha sido posible compatibilizar los derechos de los vecinos con los de unas trabajadoras que ahora disponen de una norma que garantiza su libertad para ejercer su oficio.
Respecto a los clientes, una docena de entrevistas muestra cómo éstos no han reaccionado mal al nuevo contexto legal en el que las mujeres llevan el control en los encuentros. La LRP establece que las relaciones deben basarse en el consentimiento, y esto es algo que los que contratan servicios tienen que tener muy en cuenta. Se concluye que: “La despenalización del trabajo sexual en Nueva Zelanda podría haber creado un entorno que fomenta entre los clientes un mayor respeto hacia las trabajadoras y sus derechos.”
En su sección de agradecimientos, Abel y Armstrong reconocen su deuda con el CPNZ, por su guía y generosidad, y también con el Colectivo de Prostitutas de Sevilla, por haber hecho posible la versión castellana del libro y haber redactado su epílogo, un canto a la autoorganización y lucha por sus derechos de las trabajadoras sexuales. Frente a los que impiden a éstas expresarse y hacer valer su criterio, es conveniente resaltar que lo que se ha conseguido en Nueva Zelanda se debe en gran parte a la trascendencia que la cultura maorí otorga a la reciprocidad y al respeto, en todos los asuntos, a las opiniones de las personas implicadas. Lamentablemente, lo que vemos en Europa está muchas veces en las antípodas de esto.